FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Regresar al menu principal
1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la
institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad,
tales como las reservadas a la Dirección Administrativa en el
caso de los establecimientos privados.
2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten
entre docentes y administrativos, con los estudiantes de la
institución educativa y después de haber agotado los
procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia.
3. Adoptar el Manual de Convivencia y el reglamento de la institución.
4. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos estudiantes.
5. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la
comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
6. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector.
7. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto
Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios, y
someterlos a la consideración de la Secretaría de
Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para
que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley
y en los reglamentos.
8. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.
9. Establecer estímulos y sanciones para el buen
desempeño académico y social del estudiante que ha de
incorporarse al reglamento o Manual de Convivencia. En ningún
caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.
10. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.
11. Recomendar criterios de participación de la
institución en actividades comunitarias, culturales,
deportivas y recreativas.
12. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las
instalaciones en la realización de actividades educativas,
culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva
comunidad educativa.
13. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y
cultural con otras instituciones educativas y la conformación de
organizaciones juveniles.
14. Fomentar la conformación de organizaciones de padres de familia y de estudiantes.
15. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto.
16. Aprobar el Presupuesto de ingresos y egresos de los recursos
propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados
por los padres y responsables de la educación de los estudiantes
tales como derechos académicos, uso de libros de texto y
similares.
17. Diseñar y elaborar su propio reglamento. (Art.23 Dto.1860 de 1994)